El Gobierno nacional ha oficializado la reglamentación del Régimen de Incentivo de las Grandes Inversiones (RIGI) con el fin de atraer inversiones importantes al país. Establecido mediante el decreto 749/2024, este régimen ofrece beneficios fiscales y otros incentivos a proyectos de inversión que superen los USD 200 millones.
La normativa, que entró en vigencia este viernes tras su publicación en el Boletín Oficial, busca proporcionar seguridad jurídica y protección de derechos a las empresas que decidan participar.
El RIGI cubre ocho sectores estratégicos: forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, y petróleo y gas. La mayoría de estos sectores requieren una inversión mínima de USD 200 millones, aunque para el transporte y almacenamiento de petróleo y gas, el monto mínimo es de USD 300 millones, y para la exploración y explotación, se exige una inversión superior a USD 600 millones.
Entre los beneficios del RIGI se incluyen condiciones tributarias favorables, como la reducción del Impuesto a las Ganancias al 25% para los Vehículos Titulares de un Único Proyecto (VPU), amortización acelerada de bienes muebles e infraestructura, y la posibilidad de transferir quebrantos impositivos no absorbidos en los primeros cinco años. Además, las empresas recibirán una rápida devolución del saldo a favor de IVA y podrán computar el 100% del impuesto sobre Débitos y Créditos Bancarios como crédito en Ganancias.
En el ámbito de las importaciones, las empresas adheridas al RIGI estarán exentas del pago de derechos de importación para bienes de capital, repuestos y partes necesarias para sus proyectos. Esta exención también incluye la tasa de estadística y cualquier régimen de percepción o retención de tributos nacionales o locales, facilitando así la importación de insumos clave para sus proyectos.
El RIGI también establece una exención de retenciones para exportaciones durante los primeros tres años del proyecto. A partir del cuarto año, la obligación de liquidar divisas en el mercado de cambios será progresiva: 20% después de dos años, 40% tras tres años y 100% después de cuatro años desde el inicio de la inversión. Para proyectos considerados como «Exportación Estratégica de Largo Plazo», estos porcentajes se aplicarán un año antes.
La normativa estipula que los beneficios e incentivos del RIGI cesarán en casos de finalización del proyecto, quiebra de la empresa, baja voluntaria o por sanción por infracción al régimen. En caso de quiebra, el cese de beneficios será retroactivo a la fecha de la sentencia original una vez que esté firme.
Finalmente, las empresas tienen un plazo de diez días corridos para informar sobre cualquier situación que implique el cese de los derechos e incentivos otorgados por el RIGI. La baja voluntaria puede solicitarse en cualquier momento y deberá ser aprobada por la Autoridad de Aplicación dentro de un plazo máximo de 45 días hábiles administrativos.