La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha prorrogado hasta el 31 de diciembre la suspensión del cobro de Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para ciertos productos de importación destinados al consumo. Según el ente recaudador, esta medida tiene como objetivo «disminuir la carga impositiva de bienes de primera necesidad» y, al mismo tiempo, reducir la inflación.

El beneficio aplica a productos importados por pequeñas y medianas empresas que posean el «Certificado MiPyME». Esta es la segunda medida en favor de las pymes que adopta la AFIP en el año. Mediante la Resolución General N° 5527, la AFIP ha implementado una reducción temporal de estos impuestos para productos de la canasta básica, como alimentos, artículos de higiene personal y medicamentos, entre otros.

La prórroga, vigente a partir de su publicación en el Boletín Oficial, incluye una amplia gama de alimentos como carnes, lácteos, verduras, frutas, cereales, grasas y aceites, pastas, salsas, panificados y enlatados, además de insumos alimenticios, cervezas y bebidas sin alcohol.

También abarca medicamentos y una extensa lista de productos de higiene personal, entre los que se encuentran algodones, hisopos, desodorantes, máquinas y espumas de afeitar, insecticidas de uso personal, jabón de tocador, pañales descartables, papel higiénico, pasta dental y productos de limpieza.

La exención de Ganancias e IVA se aplica «al momento de la importación definitiva» de los bienes alcanzados, según especifica la resolución.