A mediados de este año, la Administración Nacional de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la actualización de los montos por los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales deben informar las transacciones de sus clientes. Según la Resolución General N° 5512/2024, los montos serán revisados semestralmente en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Los usuarios que superen los nuevos límites establecidos para transacciones, saldos y consumos podrán ser investigados por el fisco.
Desde septiembre, las acreditaciones, extracciones y saldos mensuales superiores a $700.000, así como los consumos con tarjetas de débito que superen los $400.000, serán monitoreados por AFIP. En estos casos, el organismo podría solicitar documentación que justifique el origen del dinero, como recibos de sueldo o facturas emitidas. De no poder justificarse los fondos, el contribuyente podría enfrentar sanciones, incluido el cierre de cuentas y el envío de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).
Esta medida, según AFIP, busca agilizar y modernizar la administración pública, brindando mayor transparencia y control sobre las operaciones financieras de los contribuyentes. El organismo, liderado por Florencia Misrahi, destacó la importancia de mantener informados a los usuarios sobre los montos establecidos para evitar sanciones innecesarias.