Las estadísticas oficiales indican que, a finales de 2023, había en el país 14.584 personas detenidas por delitos vinculados a la venta de drogas. Un nuevo fallo de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inconstitucionales las normas que impedían a estos condenados acceder a la libertad condicional, lo que podría beneficiarlos. Sin embargo, esto no implica que obtendrán el beneficio automáticamente, ya que cada caso deberá ser revisado por la Justicia.

El Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP) señala que los condenados por narcotráfico son menos que los de homicidios dolosos (15.043 detenidos), delitos sexuales (22.355) y robos o tentativas de robo (40.336). La resolución de Casación abre la posibilidad de que estos presos soliciten la revisión de sus condenas según este nuevo criterio.

El fallo de la Sala de Feria de la Cámara de Casación contradice la reforma penal de 2017, conocida como “Ley Petri”, que endureció las restricciones para acceder a beneficios penitenciarios en casos de delitos graves. Los jueces argumentaron que la prohibición absoluta generaba desigualdad ante la ley y violaba el principio de resocialización de los detenidos, consagrado en tratados internacionales con rango constitucional en Argentina.

A pesar de la decisión, el criterio no es unánime dentro de la Cámara de Casación y solo fue aplicado en este caso y otros dos similares. Cada preso deberá presentar su propio recurso y esperar la decisión del tribunal correspondiente. Además, el fiscal Raúl Pleé aún puede apelar el fallo ante la Corte Suprema, lo que podría revertirlo y restablecer las restricciones de la reforma de 2017.

El caso que originó la resolución es el de Carlos Hernán Beati, condenado en 2020 a seis años de prisión por tráfico de drogas. Su pedido de libertad condicional fue rechazado por el Tribunal Oral Federal 3 de San Martín, pero la Cámara de Casación falló a su favor. La jueza Ángela Ledesma sostuvo que negar automáticamente beneficios penitenciarios viola la igualdad ante la ley, mientras que el juez Juan Carlos Gemignani coincidió en que la normativa establecía una discriminación arbitraria. En disidencia, el juez Diego Barroetaveña defendió la validez de la Ley Petri y su endurecimiento de penas.

Con esta decisión, la Cámara de Casación anuló la sentencia del Tribunal Oral y ordenó un nuevo pronunciamiento, lo que obliga a evaluar si Beati cumple con los requisitos para acceder a la libertad condicional sin que la prohibición por tipo de delito sea un factor determinante. El fallo genera incertidumbre sobre su impacto en otros casos y reaviva el debate sobre la Ley Petri. Si la Corte Suprema revoca la decisión, se mantendrán las restricciones actuales, pero si la ratifica, cientos de condenados por narcotráfico podrían solicitar su excarcelación bajo este nuevo criterio.